sábado, 12 de noviembre de 2016

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS POLICIALES 2016


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1 comentario:

  1. Buenos días. Les escribo porque me siento desprotegido y no sé a quién más acudir. Espero puedan darme algunas luces.

    Se trata de un choque múltiple ocurrido el 15 de julio. Una camioneta propiedad de una empresa chocó nuestro auto (conducía mi esposa) en la Av. San Luis, a una cuadra de un semáforo, con tráfico, y cuando veníamos avanzando lento y frenando, avanzando y frenando. Producto del impacto resultaron afectados otros cuatro autos delante mío sin daños personales de gravedad. El chofer dijo que se equivocó de pedal. Fuimos todos a la comisaría, pasamos dosaje etílico y se redactó el acta de ocurrencia policial, la misma que dice: "los primeros cinco vehículos se encontraban detenidos" y luego dice que el conductor de la camioneta "no habría mantenido su distancia prudencial, impactó por alcance contra el vehículo (placa de mi auto), originando el choque en cadena con los demás vehículos".

    Yo no cuento con seguro, pero el causante tiene póliza de responsabilidad civil con Rimac. El bróker motorizado nos dijo que el procedimiento consistía en que teníamos que acercarnos a Rimac con las cotizaciones de reparación, cosa que hicimos luego de dos semanas por la dificultad de conseguir presupuesto por los repuestos.
    Para resumir, luego de haberle pagado a dos afectados antes de nosotros, en un momento la Cía. de Seguros nos llama para firmar una transacción extrajudicial (luego de haber ajustado el presupuesto de reparación), documento que firmamos y entregamos para la firma de Rimac, cosa que nunca sucedió, pues a los dos días me informan que el asegurado se retractaba y que ya no se haría responsable de ningún pago hasta que no tener el atestado con las conclusiones policiales (tenemos un documento de Rimac con esa solicitud). Con ese documento nos acercamos a la Comisaría de San Borja y nos dicen que no hay investigación por no tratarse de daños personales de gravedad y que el certificado de ocurrencia es lo único que existe y que eso debe bastar, con esa respuesta hablé con la bróker del asegurado y me dijo que no, que la policía está en la obligación de emitir las conclusiones policiales y que yo estoy en mi derecho de exigirlas. Ya no sé a quien creerle ni donde puedo conocer los procedimientos de la policía para saber quien dice la verdad.

    Les estaré eternamente agradecido si tienen alguna recomendación o sugerencia sobre cómo proceder.

    Saludos.

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